Sindicato N.E.E. Informes Presidente

viernes, 20 de junio de 2014

SINDICATO NACIONAL DE ESCRITORES ESPAÑOLES.Informe de la Presidencia. Madrid 20.6.2014

Manuel Clavero Arévalo, Ministro de cultura, manifestó a esta Presidencia el 4 de Junio de 1979, haber recibido" EL ESTATUTO DEL ESCRITOR," según texto de su carta:

"Querido amigo:- Acuso recibo del escrito que  me envías con fecha 13 de los corrientes, al que adjuntas Anteproyecto del "Estatuto del Escritor."- Un cordial saludo".

Durante el tiempo en que se realizaban conversaciones para afianzar dicho Estatuto, que prosiguieron para su aprobación, el Sr. Director General del Libro y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, Joaquín de Entrambasaguas Gómez, recordó a este Sindicato la necesidad de conocer sus puntos de vista en materia de Derechos de Autor. Lo cual  se hizo. Algunas de estas sugerencias fueron incorporadas.

Este, fue el texto de su escrito:

"Madrid, 6 de junio de 1979.-  Sr. D. Jesús Dumont.-  Mi querido amigo:-  La marcha de los trabajos previos a la relación del Anteproyecto de Ley de Propiedad intelectual aconseja ahora recabar los criterios de los distintos sectores implicados en el tema, con el fin de conocer sus puntos de vista y sugerencias al respecto y tratar de conciliarlos en el futuro texto legal.-  Por ello le ruego que, en el transcurso del mes de julio, me haga llegar un estudio detallado sobre la problemática del Derecho de Autor, desde la óptica del sector al que representa.-  Agradeciendo de antemano su colaboración, aprovecho la oportunidad para enviarle un  cordial saludo."

Esto demostrará a muchos escritores que un Sindicato no trabaja para sí, también para todos los demás estén o no afiliados, por cuanto la solidaridad profesional tiene condicionamientos de Derecho que debe proponer, y a su vez, consultas ministeriales que evacuar  propias de cuanto representa. Queremos decir que no basta promover extensión cultural, ni solo tener afiliados para este fin único, sino constituir comisiones capaces de entender en muchas materias necesarias que se relacionan con aspectos diversos del ejercicio profesional.  Y esto, y solo esto, junto con su actividad divulgativa cultural, podrá proveer a un Sindicato de eficacia. Para conseguir estos presupuestos esenciales no basta una idea solo, ni un tiempo determinado. Mas bien muchas horas de trabajo, tenacidad para conseguir aquello en Derecho se solicita. Siempre, en todo momento, conservar equilibrio de uno mismo; no desmallar ante la adversidad; la incomprensión, y falta de apoyo moral o material. Razón por la cual no todas las cosas se consiguen por muchos afiliados que existan, ni muchos ingresos económicos que se tengan. Al hacer balance de asuntos necesarios resueltos, veremos siempre que el esfuerzo realizado nunca se corresponderá con el bien conseguido. Esto no deberá ser nunca motivo de desanimo, porque esta profesión que en materia social no tuvo nada, lo poco que consiga sera motor que empuje nuestro celo.

Debemos tener en consideración que el Derecho de Autor, no solo contiene asuntos referidos al porcentaje de la cosa enajenada, en este caso, su obra. Ni la formulación del modo de contrato, que también. A su vez, normas laborales complementarias que hallan sido establecidas y reconozcan sus necesidades sociales.

El Sindicato así comprendido, ( por esto, y para esto es Sindicato), se precisa que exista siempre. En el caso de los escritores, incluso varios, Federados o independientes, pero en comunicación. Permitiría apoyo total al proyecto preparado por cada Sindicato. A menos que los escritores no quieran ser considerados intelectuales profesionales, sino "Iliotas" de una sociedad como la habida en la Grecia del pasado.


Del Estatuto del Escritor también se hizo eco el periódico "El Faro" de Ceuta", con fecha 19 de junio de 1983, martes. Reportaje extenso que ocupa su página 23. Del cual extraeremos algún párrafo:

"Está pendiente de aprobación el "Estatuto del Escritor", a propuesta del Ministro de Cultura, a través de la Dirección del Libro y Bibliotecas, y la Dirección General de Servicios, para lo cual será visto en Consejo de Ministros, una vez que ha sido escuchada la propuesta del Sindicato Nacional de Escritores Españoles y los criterios de otras asociaciones sindicales profesionales. Tras su aprobación, el "Estatuto del Escritor" entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, autorizándose a quien corresponda para dictar cuantas resoluciones exija la aplicación o interpretación del Estatuto en cuestión.

Según la propuesta del Sindicato Nacional de Escritores Españoles, el Estatuto del Escritor regulará la participación de los escritores en los órganos gestores de la Administración del Estado, a través de las Asociaciones sindicales profesionales en cuantas materias se traten en las leyes y les afecte más o menos de manera indirecta o indirecta, con el fin de que intervengan y emitan juicio. A efectos de aplicación del Estatuto, se entenderán por escritores profesionales los de ambos sexos que se encuentren en posesión del documento acreditativo de su condición profesional expedido por las asociaciones sindicales profesionales correspondientes, conforme con sus estatutos y reglamentos aprobados con carácter vigente, entendiendo dicha profesionalidad a los escritores colaboradores de prensa." - ( NOTA: el Sindicato Nacional de Escritores Españoles, es el único que está autorizado para certificar dicha profesionalidad, motivo por el se dice en el Estatuto del Escritor que también puedan ser expedidas por otras asociaciones sindicales).

"...El número de dicho documento o Carnet del Escritor deberá constar en todo acto público de contratación previsto por la Ley vigente que regule los pactos entre las partes concurrentes en la edición de una obra impresa o libre, actos de registro de propiedad intelectual, depósito de obras o transmisión de derechos por cualquier forma de títulos jurídico. El documento acreditativo que se expresa tendrá validez gratuitamente a toda clase de exposiciones artísticas, actos culturales de cualquier índole, bibliotecas, archivos y museos."

Considero que ustedes podrán acceder a este Reportaje a través de ordenador, toda vez  que su texto tendrá interés para muchos escritores. También se articulan en el mismo todas las necesidades urgentes más importantes.

¿Por qué no fue aprobado en su día cundo estuvo a punto de ser legalizado?¿Hubo desidia por parte de la administración?¿Intervinieron intereses bastardos y secretos, acompañados de mentores políticos, entre los cuales se encontraba algún contribuyente a la dimisión del Presidente del Gobierno?¿Es fantasía dicha suposición? No lo puedo afirmar en ninguno de los supuestos, pero se da la circunstancia, de que esta Presidencia insistió ante el Presidente del Gobierno que sustituyó a Don Adolfo Suarez. Teniendo además en consideración que el Sr, Ministro, Don Ricardo de la Cierva, estuvo representado en la Asamblea Nacional Constituyente de este Sindicato que aprobó el Estatuto del Escritor, por Doña Mercedes Batlle Salas, ¿Entonces...? 

De  nuestra insistencia al Gobierno sobre este este tema  incluiremos testimonio. 







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