Este Sindicato Nacional de Escritores Españoles, fue reconocido conforme a derecho como determina el art. 281 de la Constitución a través del Registro de Asociaciones: Ministerio de Relaciones Sindicales, con fecha 24 de mayo a las 12 horas, y a efectos previstos por Ley de 19/1977. Estatutos que constan en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Registro de Depósito de Estatutos.
Por tanto,es Organismo Profesional, es de Derecho Público.
Está en posesión de todos sus derechos y atributos legales, sin que ningún Organismo Público de la Administración; civil, o sindical, con posterioridad a la fecha antes dicha, pueda hacer uso de los mismos; ni sus Reglamentos o Estatutos puedan contener normas que se presten a confusión con las singulares de este Sindicato.
Existen asociaciones que hacen uso de los propósitos y fines contenidos en el Estatuto de este Sindicato, incluyendo a su Emblema.
Por tanto, esta Presidencia. tiene deber de advertir, que tales prácticas son nulas de PLENO DERECHO, y pueden contener presuntas intenciones con fines desconocidos.
Este Sindicato, que trabaja en beneficio de la profesión, respeta a todos los escritores, estén o no afiliados a su persona jurídica, porque en igualdad de condiciones, espera recibir de todos, el mismo trato. Es de mérito unir criterios y voluntades, en vez de dividirlos.
En consecuencia, en caso supuesto y reiterado de uso inadecuado de los atributos referidos, propiedad de este Sindicato, por organizaciones distintas al SINDICATO NACIONAL DE ESCRITORES ESPAÑOLES, se vería obligado, por tan insólito comportamiento, a adoptar medidas judiciales de futuro, que en Derecho le corresponden, y que a partir del día de la fecha hace reserva.
Jesús Dumont. Presidente.
Correo dumont.jesus@gmail.com
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